Derechos Humanos, Derecho Internacional y el control de la regularidad constitucional en México
Resumen
El capítulo plantea que el sistema de incorporación del Derecho internacional en el sistema jurídico mexicano, hasta el 10 de junio de 2011, era muy limitado. A partir del artículo 133 de la Constitución se erige el sistema de incorporación de las normas jurídicas internacionales. A partir de la fecha indicada, el Constituyente mexicano da un golpe de timón importante sobre la cuestión de la interacción y jerarquía normativa en materia constitucional, Derechos Humanos y Derecho internacional.
Colecciones
- Capítulo en libro [559]