Régimen patrimonial del matrimonio en el derecho interestatal mexicano
Resumen
El autor presenta un estudio de la normatividad
interestatal relacionada con el régimen patrimonial del matrimonio,
partiendo del argumento de que el gobierno federal posee
facultades para legislar, pero solo en áreas específicas en las que
no caen necesariamente las del Derecho de familia, incluyendo
la organización de esta, ni de las autoridades que con esta participan,
como tampoco le compete la organización de los tribunales
de familia, ni prescribir enunciados sobre el procedimiento
para litigios sobre familia, ni dictar las leyes que armonicen los
problemas interestatales, salvo en las hipótesis contempladas en
el artículo 121 constitucional, lo cual, desde su perspectiva, no
cubre la regulación patrimonial del matrimonio. Se explican en el
ensayo las diversas posiciones de los tribunales judiciales sobre el
tema. Se comienza haciendo un análisis de los supuestos normativos
no comprendidos en el artículo 121 constitucional y del supuesto
de tráfico jurídico interestatal, para avanzar al tema central
del régimen económico del matrimonio, la entidad federativa
competente para conocer del régimen económico matrimonial,
la calificación del régimen económico y el orden jurídico designado
para regular el patrimonio matrimonial. Finalmente se hace un
cotejo del reconocimiento del régimen patrimonial pactado en
otra entidad y de la rescisión y nulidad del convenio patrimonial.
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